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Drometra

Política de uso aceptable

Última actualización
10 de septiembre de 2026
Versión
1.0
A quién aplica
Clientes y usuarios de la plataforma

En resumen

  • Prohibimos el seguimiento encubierto de personas: es la línea que no se cruza.
  • Prohibimos usar la plataforma para vigilar a quien no tiene relación laboral o contractual con el cliente.
  • Actuamos por etapas: advertencia, restricción de la función, y suspensión solo si persiste.
  • Ante indicios de un delito contra una persona, no esperamos a la etapa siguiente.

Este resumen orienta la lectura y no reemplaza el texto del documento.

01Usos que no admitimos

  • Seguimiento encubierto: rastrear a una persona que no ha sido informada de que el vehículo o el dispositivo está monitoreado.
  • Vigilancia fuera de la relación laboral: usar la plataforma para seguir a familiares, exparejas, competidores, periodistas, dirigentes sindicales o cualquier persona ajena a la operación.
  • Control de actividad sindical: usar posición, video o jornada para identificar participación en actividades sindicales o de representación.
  • Discriminación: usar los datos para decisiones basadas en categorías protegidas.
  • Sanción automatizada sin revisión: aplicar medidas disciplinarias derivadas exclusivamente de un puntaje o un evento automático, sin revisión humana ni derecho a descargo.
  • Uso que exceda lo informado: capturar o retener más allá de lo declarado a los titulares y de lo permitido por el reglamento interno.
  • Reventa o cesión de datos: comercializar los datos de conductores o de terceros captados por cámara.
  • Abuso técnico: intentar acceder a datos de otro tenant, saltar límites de la API, hacer ingeniería inversa del servicio o probar su seguridad fuera del marco de divulgación responsable.

02Por qué esta política existe

Una plataforma que sabe dónde está un vehículo en tiempo real y que puede registrar video es, técnicamente, un instrumento de vigilancia. Lo que la separa de serlo es el marco en que se usa: informado, acotado, con finalidad de seguridad y operación, y con reglas conocidas por quienes son observados.

Escribir esta política es reconocer que ese marco puede romperse, y comprometernos a actuar cuando eso ocurra. Un proveedor que no tiene una política así no es que no tenga el problema: es que no ha decidido qué va a hacer cuando aparezca.

03Cómo actuamos

  1. 1.Contactamos al administrador del cliente, describimos la conducta observada y pedimos explicación dentro de 10 días hábiles.
  2. 2.Si la explicación no es satisfactoria, restringimos la función específica involucrada y lo dejamos por escrito.
  3. 3.Si la conducta persiste, suspendemos el servicio conforme a las condiciones generales.
  4. 4.En casos con indicio de delito contra una persona, actuamos de inmediato sin agotar las etapas anteriores, y ponemos los antecedentes a disposición de la autoridad competente.

No monitoreamos el contenido de las cuentas de nuestros clientes buscando infracciones: eso sería exactamente el tipo de vigilancia que esta política rechaza. Actuamos ante un reporte, un hallazgo incidental durante soporte o una señal técnica objetiva.

Cómo reportar

Cualquier persona —conductor, trabajador, tercero afectado— puede reportar un uso indebido a [email protected]. Tratamos el reporte de forma confidencial y no revelamos la identidad de quien reporta al cliente involucrado.

Estado de este documento

Texto preparado por Drometra y pendiente de revisión por asesoría legal externa antes de su publicación definitiva. Su estructura y contenido se construyeron sobre la normativa chilena vigente y sobre la Ley 21.719, que rige desde el 1 de diciembre de 2026. No constituye asesoría legal para terceros.